Resumen del criterio jurisprudencial
Se dedujo recurso de protección por una empresa constructora en contra del Fisco de Chile y otros organismos fiscales, alegando vulneración del artículo 19, Nº 24 de la Constitución Política por embargo trabado en su contra. La Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso, pero la Corte Suprema revocó esta decisión en alzada. El máximo Tribunal concluyó que el recurso de protección no constituye un medio de impugnación de resoluciones judiciales, sino una acción cautelar de urgencia. Se determinó que los conflictos de esta naturaleza deben resolverse mediante los remedios jurisdiccionales conducentes.