Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá, mediante resolución de fecha 8 de marzo de 2010, dio por no presentada la reclamación de autos presentada por Importadora y Exportadora Conkur Limitada y Guillermo Molina Lavín. La decisión se fundamentó en el transcurso del plazo señalado en el artículo 123 de la Ordenanza de Aduanas sin que se hubiera dado cumplimiento a lo ordenado previamente a fojas 12. En consecuencia, el tribunal ordenó notificar a la empresa y a Molina Lavín por carta certificada conforme al artículo 127 de la misma ordenanza, así como mediante publicación en el sitio web del tribunal. Se trata de una resolución que declara la inadmisibilidad de la reclamación por falta de cumplimiento de una carga procesal dentro del plazo legal.