Laboral

1) El profesional de la educa­ción que desempeña funciones docentes propiamente tal en…

Resumen del criterio jurisprudencial

1) El profesional de la educa­ción que desempeña funciones docentes propiamente tal en calidad de titular accedió al beneficio de la titularidad previs­to en la ley N° 19.­648, res­pecto del cargo direc­tivo que ha ejercido, transito­ria­mente, por más de tres años, si con­cu­rrie­ron todos los re­qui­sitos pre­vistos al efecto, sin per­jui­cio de lo expuesto en el cuer­po del presente ofi­cio.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.