Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, Posta Central, ordenando la entrega de copia del acta de evento centinela pedida, de conformidad a lo dispuesto en el 4.3 de la Instrucción General N°10, de este Consejo, Lo anterior, por tratarse de información a la cual la peticionaria está habilitada a acceder, desestimándose la configuración de las causales de reserva de afectación al privilegio deliberativo y derecho de las personas invocadas por el organismo. Se rechaza el amparo en lo que se refiere a copia de registros de llamadas pedido, por la inexistencia de información adicional a la consignada en la ficha clínica que fuese puesta en conocimiento de la peticionaria.