Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, ciudadano venezolano, interpuso una acción de protección contra el Ministerio del Interior y la Subsecretaría del Interior por la demora en pronunciarse sobre su solicitud de nacionalización presentada en diciembre de 2023. El Servicio Nacional de Migraciones ya había remitido el proyecto de decreto, pero el Ministerio no había emitido respuesta. Los recurridos alegaron que la solicitud estaba en tramitación y que no existía omisión ilegal. La Corte consideró que el plazo no era injustificado dada la complejidad del trámite y el volumen de solicitudes. Además, el recurrente posee permanencia definitiva, por lo que sus derechos constitucionales no se ven afectados. En consecuencia, se rechazó el recurso de protección sin costas.