Resumen del criterio jurisprudencial
Constanza Mella Maldonado interpuso un recurso de protección contra Isapre Consalud S.A. por no aplicar la Circular IF/N° 396 de la Superintendencia de Salud, que exige igualdad de cobertura entre prestaciones de salud mental y física. La Corte de Apelaciones rechazó el recurso argumentando que la circular solo rige para nuevos planes. La Corte Suprema revocó dicha sentencia, acogiendo el recurso al considerar que la Ley N° 21.331 y la circular son aplicables a todos los contratos de salud, incluidos los vigentes, por los principios de equidad y no discriminación. Ordenó a la Isapre ajustar su cobertura de salud mental para equipararla a la de salud física, sin efecto retroactivo en cuanto a restituciones.