Laboral

No resulta jurídicamente procedente ejercer las facultades del artículo 12 del Código d…

Resumen del criterio jurisprudencial

No resulta jurídicamente procedente ejercer las facultades del artículo 12 del Código del trabajo respecto de un dirigente sindical, en el caso de externalización de servicios de una sección de la empresa por no constituir caso fortuito o fuerza mayor.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.