Resumen del criterio jurisprudencial
En un procedimiento ordinario de petición de herencia seguido ante el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, la demandante Meneses dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó el fallo de primer grado que rechazó la demanda. La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma por no haberse preparado conforme al artículo 769 del Código de Procedimiento Civil, y rechazó el recurso de casación en el fondo por falta de fundamento, al no denunciarse la infracción de una norma decisoria litis y por basarse en una propuesta fáctica distinta a la establecida por los jueces del fondo. La demandante no acreditó su calidad de heredera, y la condena en costas no es susceptible de casación.