Resumen del criterio jurisprudencial
Carabineros de Chile puede exigir, para el ingreso a sus filas, el examen de inmunodeficiencia humana (VIH), de acuerdo con lo previsto por el inciso segundo del artículo 7° de la ley N° 19.779 y su normativa institucional. Corresponde al Presidente el ejercicio de la potestad reglamentaria en la materia que indica.