Administrativo

Universidad de Los Lagos debe proponer mecanismo institucional permanente previsto en e…

Resumen del criterio jurisprudencial

Universidad de Los Lagos debe proponer mecanismo institucional permanente previsto en el artículo primero transitorio de la ley N° 21.094, en los términos que se indica, para poder acogerse a la excepción de adecuar sus estatutos a las disposiciones del título II de ese texto legal.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.