Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado en contra del Hospital San Pablo de Coquimbo, por la negativa a entregar copia del protocolo relativo a L.E.T. y de la resolución que lo modificó, anterior al que la institución informó estar revisando. El Consejo ordenó la entrega de estos antecedentes en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, o, en subsidio, indicar fundadamente su inexistencia o que no obran en poder del organismo. Lo resolvió por tratarse de información pública que debe obrar en poder de la institución, y porque el hospital no alegó expresamente la causal de afectación al privilegio deliberativo ni la acreditó. Rechazó, en cambio, la parte del amparo que pedía emitir una resolución determinada, por considerar que ese requerimiento escapa a la competencia del Consejo y corresponde al derecho de petición del artículo 19 N° 14 de la Constitución.