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Agrícola Santa Lucía Ranch Limitada solicitó la regularización de derechos de aprovecha…

Resumen del criterio jurisprudencial

Agrícola Santa Lucía Ranch Limitada solicitó la regularización de derechos de aprovechamiento de aguas para riego de su predio Hijuela N° 2 del Fundo El Frutillar, basándose en el artículo 2° transitorio del Código de Aguas. Endesa S.A. se opuso, alegando que la requirente no cumplía con los requisitos temporales y que no procedía la agregación de posesiones. El 3° Juzgado Civil de Curicó rechazó la oposición y ordenó la regularización, decisión confirmada por la Corte de Apelaciones de Talca. Endesa interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, argumentando infracción a los artículos 2° transitorio y 20 del Código de Aguas, y 19 a 24 y 717 del Código Civil. La Corte Suprema rechazó el recurso, sosteniendo que la interpretación de los jueces de fondo fue correcta y que Endesa carecía de legitimación activa al no ser de la misma cuenca. La sentencia confirmó la regularización de los derechos de aguas consuntivos y de ejercicio permanente.

aguasCorte Suprema

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.