Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Santiago concluyó que las alegaciones de la empresa constructora se orientaban a controvertir la interpretación de las bases de licitación y de cláusulas contractuales, materias que exceden el objeto del reclamo de ilegalidad municipal, y descartó además la existencia de una doble sanción, al estimar que la municipalidad actuó dentro de sus facultades legales al aplicar la multa por incumplimiento del Decreto Supremo N°594.