Administrativo

Labores de inspector técnico de obra que se indican, que realizó una persona contratada…

Resumen del criterio jurisprudencial

Labores de inspector técnico de obra que se indican, que realizó una persona contratada a honorarios por la Subsecretaría de Redes Asistenciales, configuran a su respecto la incompatibilidad del inciso final del artículo 56 de la ley Nº 18.575, por lo que luego de su cese y durante el lapso que señala esa norma, no podía ejercer como profesional residente administrador del contrato de la misma obra en una empresa privada.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.