Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema, con sede en Santiago, resolvió el 30 de septiembre de 2026 el recurso de amparo interpuesto por Danna Lucía Torres Riascos contra el Servicio Nacional de Migraciones. La Corte consideró que los antecedentes del recurso podrían encajar dentro de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. En consecuencia, revocó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que había declarado inadmisible la acción de amparo (Ingreso Corte N° Amparo-4459-2026). La Corte Suprema declaró la acción de amparo admisible y ordenó a una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones que continúe con la tramitación correspondiente para pronunciarse sobre el fondo del caso. Se registró y devolvió la resolución con el mismo.