Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad presentado por Pesquera Sandro Bladimir Cárdenas Ule E.I.R.L en contra del artículo 125, numeral 1), párrafo tercero de la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura. La norma impugnada establece que la denuncia constituirá presunción de haberse cometido la infracción. El tribunal estimó que la disposición no vulnera la Constitución Política de la República. La sentencia fue redactada por la Ministra Nancy Yáñez Fuenzalida, contando con una disidencia del Ministro José Ignacio Vásquez Márquez. La decisión mayoritaria consideró que la presunción legal no es contraria a los derechos fundamentales ni al debido proceso.