Resumen del criterio jurisprudencial
La Dirección General de Aguas emitió la Resolución Exenta N°3430 de 29 de diciembre de 2017, incluyendo a la reclamante en el listado de titulares de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente por no uso. La reclamante dedujo un reclamo de ilegalidad contra dicha resolución, el cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago. Contra esta sentencia, la reclamante interpuso un recurso de casación en el fondo, alegando infracción a los artículos 129 bis N°4, 9 del Código de Aguas y artículo 52 del DS 203, sosteniendo que la normativa no exige infraestructura definitiva para la conducción del agua. La Corte Suprema, al conocer del recurso, señaló que los sentenciadores de fondo fijaron los hechos de manera firme, constatando la inexistencia de infraestructura para el bombeo y conducción de las aguas. Sostuvo que la revisión de tales hechos no procede en sede de casación a menos que se denuncie correctamente la infracción de normas valorativas, lo que no ocurrió. En consecuencia, rechazó el recurso de casación en el fondo, confirmando la decisión de la Corte de Apelaciones.