Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional rechaza emitir pronunciamiento sobre el proyecto de ley que modifica la Ley N° 19.925 para facilitar la obtención de patente de salones de música en vivo. El Tribunal determina que las normas consultadas no inciden en materias propias de leyes orgánicas constitucionales, por lo que se encuentra fuera de su competencia de control preventivo. La mayoría del tribunal considera que las disposiciones sobre patentes de alcoholes son de naturaleza administrativa y municipal, no constitucional. Tres ministros presentan voto disidente argumentando que sí se trata de materias de ley orgánica constitucional.