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El caso se origina en una solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de…

Resumen del criterio jurisprudencial

El caso se origina en una solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas presentada por la Comunidad de Aguas Canal San Juan, basada en el artículo 2° transitorio del Código de Aguas. Los solicitantes, catorce personas naturales, pretendían regularizar un caudal de 35 litros por segundo del Río Chillán, alegando uso inmemorial. La Dirección General de Aguas emitió un informe adverso, señalando que la solicitud no individualizaba correctamente a los solicitantes ni los caudales específicos, y que uno de los firmantes no era usuario mientras que un tercero ajeno sí lo era. El tribunal de primera instancia rechazó la solicitud, y la Corte de Apelaciones de Chillán confirmó el fallo. La parte demandante interpuso recurso de casación en el fondo, denunciando infracción de los artículos 202 y 186 del Código de Aguas y falsa aplicación del artículo 889 del Código Civil. La Corte Suprema rechazó el recurso, sosteniendo que incluso si los yerros existieran, no alterarían la decisión debido a las deficiencias formales de la solicitud. Un voto disidente del Ministro Blanco estimó que debía acogerse el recurso por acreditarse el uso prolongado y la presunción de dominio.

aguasCorte Suprema

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.