Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público acusa al imputado de haber cometido el delito de robo con violencia en perjuicio de la víctima que fue abordada durante la noche mientras esperaba un taxi. La defensa alega que los hechos constituyen un concurso material de los delitos de lesiones leves y hurto, puesto que inicialmente el imputado habría tratado de defenderse de una agresión de que era objeto y más tarde aprovechó las circunstancias para hurtar las especies de propiedad de la víctima. El Tribunal acoge la tesis del Ministerio Público sobre la base de las declaraciones de la víctima, los funcionarios aprehensores y del propio imputado, condenando a este último a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo. Para fijar la cuantía de la pena el tribunal desestimó la agravante del N° 16 del artículo 12 del Código Penal, que había sido alegada por el Ministerio Público sobre la base de que el imputado había sido condenado anteriormente por el delito de robo con fuerza, en razón de haberse acreditado que la pena no se encontraba cumplida, circunstancia que, de conformidad con la doctrina, considera requisito de la agravante.