Resumen
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Antofagasta, referido al Plan de Regulador, Pladeco, Juntas de vecinos y organizaciones comunitarias en archivo solicitado. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual se descartó que se haya otorgado acceso por medio de la modalidad especial de cumplimiento establecida en el artículo 15 de la Ley de Transparencia. Asimismo, se acoge el amparo en cuanto a la información referida a humedales, atractivos turísticos, turismo generalizado y todo lo relacionado con el patrimonio cultural o áreas protegidas, solo en cuanto a la falta de derivación oportuna de la solicitud de acceso, en los términos dispuestos en la Ley de Transparencia, a los organismos competentes. En virtud del principio de facilitación, el Consejo derivará de oficio la solicitud de información a los recintos hospitalarios indicados en la solicitud para los fines que correspondan.