Resumen
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Calbuco, ordenando la entrega de los antecedentes curriculares y las respuestas de los ganadores de los concursos públicos consultados. Lo anterior, ya que se trata de antecedentes que han sido tenidos a la vista para la selección de personal en un concurso público y que por tanto constituyen fundamento del acto administrativo que los designa y que, además, acreditarían la idoneidad profesional de las personas seleccionadas. Aplica criterio contenido en las decisiones Roles C91-10, C3228-18, C2958-18 y C355-20, entre otras. Asimismo, se ordena la entrega de la forma de cálculo de los puntajes asignados a los postulantes. Lo anterior por cuanto se trata de información de naturaleza pública respecto de la cual el órgano reclamado accedió a su entrega, no constando la entrega efectiva al reclamante. Se rechaza el amparo respecto de las evaluaciones de los postulantes a los concursos consultados. Lo anterior, ya que el órgano reclamado hizo entrega de las evaluaciones realizadas a cada uno de los postulantes a los concursos respectivos, habiendo cumplido con su obligación de informar.