Resumen del criterio jurisprudencial
Si se atribuye al vínculo existente entre las partes el carácter de laboral, bajo subordinación o dependencia, esto es, otorgándole un contenido determinado, debe mantenerse tal razonamiento. Al constatarse que no se pagaron las cotizaciones que debía retener y enterar el empleador, indefectiblemente debe concluirse que se configura la causal invocada por la trabajadora para su auto despido.