Resumen del criterio jurisprudencial
Inversiones Italbano Grupp S.A. dedujo reclamo tributario en contra de las liquidaciones números 548 y 549 de 24 de junio de 2015, emitidas por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. Las liquidaciones determinaron que la contribuyente no había declarado los ingresos correspondientes a su participación del 99% en la Sociedad Inmobiliaria Los Urales Limitada, producto de la enajenación de un bien raíz. El reclamante sostuvo que las liquidaciones debían dejarse sin efecto por no concurrir el presupuesto legal del artículo 33 N°1 letra e) de la Ley de Impuesto a la Renta, ya que no existió retiro alguno ni faltante de caja. Asimismo, hizo propias las excepciones del reclamo presentado por la sociedad relacionada. El Servicio de Impuestos Internos solicitó el rechazo, argumentando que el contribuyente debía declarar el mayor valor obtenido por su participación. El Tribunal acogió el reclamo, dejando sin efecto las liquidaciones, sin costas, al considerar que no se acreditó la existencia de un retiro presunto que justificara la imposición tributaria.