Administrativo

Se advierte que el presente ingreso no corresponde a una cuestión de naturaleza contenc…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se advierte que el presente ingreso no corresponde a una cuestión de naturaleza contenciosa, sino a una queja disciplinaria. Por lo tanto, se remiten los antecedentes a la Unidad de Pleno de esta Corte para su ingreso al libro respectivo, de conformidad al artículo 113 de la Ley 19.968.

contencioso administrativoqueja disciplinariaPleno de la Corteartículo 113Ley 19.968

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.