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El Tribunal Calificador de Elecciones conoció de una reclamación interpuesta por Raúl E…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tribunal Calificador de Elecciones conoció de una reclamación interpuesta por Raúl Ernesto Sauvageot Díaz, administrador electoral de su candidatura a Concejal por Ovalle, contra la Resolución N°G4779 del Director del Servicio Electoral que aprobó con observaciones su cuenta general de ingresos y gastos electorales y denegó el reembolso. La reclamación se refería a dos observaciones: la N°1, por no haber ingresado un aporte a través del sistema oficial de recepción de aportes (SRA), y la N°4, por considerar insuficiente el informe aclaratorio presentado. El reclamante argumentó que el error fue involuntario y que el informe cumplía con lo requerido. El tribunal constató que el aporte no fue ingresado por el SRA sin justificación suficiente, por lo que mantuvo la observación N°1. Respecto a la observación N°4, verificó que el informe aclaratorio contenía todos los puntos solicitados y fue presentado en plazo, por lo que subsanó dicha observación. En consecuencia, acogió parcialmente la reclamación, manteniendo la resolución impugnada en lo demás.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.