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Se resuelve: i. en cuanto a la inadmisibilidad de documentos: 1. rechazar las objecione…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2015

Resumen

Se resuelve: i. en cuanto a la inadmisibilidad de documentos: 1. rechazar las objeciones de documentos planteadas por el reclamado, a fojas 75. ii. en cuanto al fondo: i.- ha lugar en parte al reclamo interpuesto por doña yanet fontanez carrasco, en representación de la sucesión rosario ibáñez serdio, en contra de las liquidaciones de impuestos n° 758-3 y 759-3, practicadas con fecha de fecha 30 de agosto de 2013, por un monto de $25.634.001.- en consecuencia: ii.- déjese sin efecto en la parte correspondiente las liquidaciones n° 758-3 y 759-3, de fecha 30 de agosto de 2013, emitiéndose una nueva liquidación por concepto de impuesto adicional al efecto en concordancia con lo resuelto en la presente sentencia, particularmente lo señalado en los considerandos primero y octavo, reliquidándose en su oportunidad. ii. en relación a la rectificatoria de declaración de impuesto a la renta propuesta por la reclamante; estése a lo resuelto. iii. en relación a la incompetencia del tribunal por tratarse de una nueva auditoría, no ha lugar. iv. en relación al incidente de inadmisibilidad probatoria alegado por el servicio de impuestos internos, no ha lugar

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Ley de Impuesto a la Renta
  • Ley 20.322
  • Artículo 21 del Código Tributario
  • Artículo 132 del Código Tributario
  • Ley N° 19.768
  • D.L. 830
  • Código de Procedimiento Civil

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