Resumen del criterio jurisprudencial
Soledad Ubilla Baeza interpuso un recurso de protección contra la Tesorería General de la República y la Comisión Administradora de Créditos para Estudios Superiores (Ingresa) por la retención y compensación de su devolución de impuestos de $163.684 correspondiente al año tributario 2026, sin previa notificación de una deuda asociada al Crédito con Aval del Estado (CAE). La recurrente alegó vulneración de su derecho a defensa y propiedad. La Tesorería sostuvo que la compensación era legal conforme al artículo 6 del D.F.L. N°1 de 1994 y al artículo 1656 del Código Civil, por operar de pleno derecho. La Comisión informó que había iniciado una demanda ejecutiva ante el 20° Juzgado Civil de Santiago. La Corte rechazó las alegaciones de improcedencia del recurso y acogió parcialmente la acción: la acogió contra la Tesorería, dejando sin efecto el procedimiento de cobro y la compensación, ordenando abstenerse de usar potestades tributarias para el cobro del CAE, pero la rechazó contra la Comisión. El tribunal consideró que la compensación administrativa sin notificación y sin seguir el marco especial de la Ley N°20.027 era arbitraria y vulneraba derechos constitucionales.