Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, de nacionalidad venezolana, ingresó a Chile por paso no habilitado en diciembre de 2023 y solicitó un permiso de residencia temporal excepcional basado en el artículo 155 N° 9 de la Ley N° 21.325, invocando reunificación familiar y su integración laboral. La Subsecretaría del Interior rechazó la solicitud mediante Resolución Exenta N° 31.780, argumentando que los motivos eran genéricos y que el ingreso fue clandestino. El recurrente interpuso recurso de protección alegando vulneración de sus derechos de igualdad, debido proceso y libertad ambulatoria. La Corte de Apelaciones de Valparaíso analizó el acto administrativo y concluyó que fue dictado por la autoridad competente en ejercicio de una facultad discrecional, encontrándose debidamente fundado en hechos objetivos. Por ello, desestimó la existencia de ilegalidad o arbitrariedad y rechazó el recurso, sin costas, dejando a salvo la posibilidad de recurrir a los canales regulares de regularización migratoria.