Canal Dos S.A. interpuso recurso de apelación contra la sanción impuesta por el CNTV po…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2026
Resumen
Canal Dos S.A. interpuso recurso de apelación contra la sanción impuesta por el CNTV por presunto incumplimiento del principio de pluralismo en el programa "Noticias con C.G.". El tribunal analizó si la exigencia de pluralismo contenida en la Ley 18.838 obligaba al medio a presentar simultáneamente todas las opiniones existentes sobre cada hecho noticioso. Se consideró que la Constitución y la Ley 19.733 garantizan la libertad de emitir opinión e información sin censura y que la normativa de pluralismo se refiere al respeto a la diversidad, no a la obligación de incluir todas las voces en cada emisión. El tribunal concluyó que imponer tal obligación vulneraría la libertad editorial del medio. En consecuencia, se revocó la sentencia del CNTV y se absuelve a Canal Dos S.A. de la multa de cuarenta unidades tributarias mensuales.
Normas citadas
Ley 18.838
Artículo 1° de la Ley 18.838
Artículo 34 de la Ley 18.838
Ley 19.733
Artículo 1° de la Ley 19.733
pluralismolibertad editorialmedios de comunicaciónLey 18.838CNTVderechos constitucionales
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