Resumen del criterio jurisprudencial
La recurrente, afiliada a la Isapre CONSALUD S.A., interpuso recurso de protección contra la Isapre por mantener una cobertura restringida de prestaciones de salud mental en su plan de salud, suscrito antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.331. La recurrente argumentó que dicha ley, junto con la Circular 396 de la Superintendencia de Salud, exige igualdad de trato entre salud mental y física, y que la Isapre no había ajustado su plan. La Isapre se allanó al recurso. La Corte acogió el recurso, ordenando a la Isapre adecuar el plan para equiparar la cobertura de salud mental con la de salud física, sin costas. La Corte consideró que la omisión de la Isapre constituía una discriminación arbitraria y vulneraba la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.