Laboral

La jubilación no constituye causal de término de contrato de trabajo, salvo en el caso…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 1995

Resumen

La jubilación no constituye causal de término de contrato de trabajo, salvo en el caso previsto en el artículo 17 de la ley 17.671, no generando legalmente, en caso alguno, derecho a indemnización por años de servicio.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Ley 17.671
  • Artículo 17 de la ley 17.671
  • Artículo 163 del Código del Trabajo
  • Artículo 161 del Código del Trabajo

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.