El tribunal de alzada desechó el recurso de la empresa contra la sanción de 1 UTM por i…
Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal de alzada desechó el recurso de la empresa contra la sanción de 1 UTM por infringir la ordenanza municipal sobre mantención de cableado en bienes nacionales de uso público.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 1 UTM impuesta a Enel Distribución Chile S.A. por infringir la Ordenanza N°95 de La Florida sobre mantención de postes y cableado en bienes de uso público.El tribunal descartó que Enel pudiera cuestionar la legalidad de la ordenanza dentro del propio proceso de policía local, señalando que existía una vía específica —el reclamo de ilegalidad— que la empresa no ejerció.La Corte estableció que la empresa dueña de la postación debe mantener en buen estado la estructura, cables y tensores, sin perjuicio de poder repetir contra terceros cuyo cableado esté en mal estado.El fallo mantuvo el monto de la multa al considerar que ya se ubicaba en el rango inferior de la sanción máxima prevista en la ordenanza municipal.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.