El Tribunal Constitucional es competente para resolver la inaplicabilidad de un precept…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2018
Resumen
El Tribunal Constitucional es competente para resolver la inaplicabilidad de un precepto legal, a solicitud de las partes o del juez, siempre que la aplicación del precepto legal impugnado pueda resultar decisiva en la resolución de un asunto ante un tribunal ordinario o especial, que la impugnación esté fundada razonablemente y se cumplan los demás requisitos legales (Ratio Decidendi). El artículo 84 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional establece causales de inadmisibilidad, incluyendo la promoción de la cuestión respecto de un precepto legal ya declarado conforme a la Constitución por el Tribunal, invocando el mismo vicio que fue materia de la sentencia respectiva (Ratio Decidendi). La resolución que declare la inadmisibilidad no es susceptible de recurso alguno (Obiter Dicta). Para ser parte legitimada en la acción de inaplicabilidad se requiere ser parte en la gestión judicial pendiente, sea como recurrente, recurrido o tercero interesado (Obiter Dicta).
Normas citadas
artículo 19, inciso primero, numeral 2
artículo 19, inciso sexto, numeral 3
artículo 1, de Ley N° 18.216
artículo 2, de Ley N° 18.216
artículo 17B, de Ley N° 17.798
artículo 72, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 73, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasDebido ProcesoReinserción socialIgualdad ante la Leyley de control de armasDeterminación de la pena
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