AdministrativoAcoge

Se acogen los amparos interpuestos en contra del Servicio de Vivienda y Urbanización de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acogen los amparos interpuestos en contra del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Bío Bío, ordenándose la entrega de: “información y antecedentes relacionados con las urbanizaciones del proyecto, específicamente, los certificados definitivos que acrediten que las obras de urbanización de todas las etapas del proyecto Villa Galilea La Posada (1-75) han sido ejecutadas y se encuentran en estado definitivo” y de “información y antecedentes relacionados con las urbanizaciones del proyecto, específicamente, los certificados definitivos que acrediten que las obras de urbanización de las etapas del proyecto Huertos de Escuadrón (1, 2, 6, 7 y 12) han sido ejecutadas y se encuentran en estado definitivo”. Lo anterior, por cuanto se trata de información pública que debería obrar en poder del órgano requerido, conforme al artículo 8°, inciso segundo de la Constitución Política de la República, la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su ordenanza, y los artículos 5°, inciso segundo y 10 de la Ley de Transparencia, respecto de la cual no se esgrimió ni advirtió la concurrencia de causales de reserva o secreto, ni tampoco se dio cumplimiento al estándar de búsqueda de la información establecido en la Instrucción General N°10, de este Consejo. En el evento de que alguna parte de la información no exista o no obre en poder del órgano, deberá comunicar dicha circunstancia al reclamante y a este Consejo, indicando detallada y fundadamente las razones que lo justifiquen.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.