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El abogado Felipe Riesco Eyzaguirre interpuso un recurso de protección contra la Direcc…

Resumen del criterio jurisprudencial

El abogado Felipe Riesco Eyzaguirre interpuso un recurso de protección contra la Dirección General de Aguas (DGA) por no resolver dos solicitudes administrativas: una de invalidación de la Resolución Exenta N° 1.736 de 2013 (que declaró la caducidad de una merced provisional de aguas) y otra de cumplimiento de sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que había ordenado continuar la tramitación de la merced. La DGA informó que la merced fue otorgada en 1962 por un caudal de 1.250 l/s para riego, pero ante el incumplimiento de las obras, se declaró la caducidad. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y ordenó a la DGA emitir pronunciamiento sobre ambas solicitudes en un plazo de 10 días, considerando que la omisión constituye un acto ilegal y arbitrario que afecta garantías constitucionales como el debido proceso. La decisión contó con voto disidente de dos ministros, quienes estimaron que el recurso de protección no era la vía idónea.

aguasCorte Suprema

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.