PenalRechaza

El incumplimiento del plazo establecido en el artículo 41 de la Ley N°20.000, en orden…

Sentencia · Corte Suprema · 2010

Resumen

El incumplimiento del plazo establecido en el artículo 41 de la Ley N°20.000, en orden a entregar la droga incautada dentro de las 24 horas siguientes al Servicio de Salud respectivo, no implica ninguna vulneración al debido proceso, ya que no origina la ilicitud de la prueba reunida y por ende no puede generar su exclusión, sino que solo puede dar origen a la aplicación de la sanción administrativa de multa al funcionario responsable de dicho incumplimiento.

Normas citadas

  • Ley N° 20.000
  • Código Procesal Penal
  • Artículo 41 de la Ley 20.000
  • Oficio N° 4798
Revista Jurídica del Ministerio PúblicoFallosUNIDAD ESPECIALIZADA DE TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS Y ESTUPEFACIENTES

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