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Precisó que los plazos para depositar antecedentes de constitución o reforma de estatut…

Resumen del criterio jurisprudencial

Precisó que los plazos para depositar antecedentes de constitución o reforma de estatutos de organizaciones sindicales deben contarse en días hábiles, aplicando supletoriamente la Ley N°19.880. Además, señaló que un sindicato resultante de una fusión puede afiliarse a una organización de grado superior en el mismo acto de fusión, siempre que ello se haya previsto en sus estatutos, revirtiendo parcialmente doctrina anterior.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.