Resumen
Mediante presentación efectuada en esa Dirección Regional, el Sr. XXXX en su calidad de asesor de una Cooperativa de giro sanitario, regulada por el D.F.L. N° 5, de 25/, solicita aclarar si los servicios de alcantarillado que presta una cooperativa a sus asociados se encuentran o no gravados con IVA. Señala que el caso se origina cuando una cooperativa, además de la venta de agua a sus clientes, presta los referidos servicios de alcantarillado. El Art. 8°, del D.L. N° 825, grava con Impuesto al Valor Agregado las ventas y los servicios. A su vez, el Art. 2°, N° 2, del mencionado decreto ley, define servicio como: “La acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración, siempre que proven