Resumen del criterio jurisprudencial
Acoger el amparo deducido en contra del Servicio Nacional de Geología y Minería, ordenándose entregar copia de las resoluciones exentas citadas en la respuesta a la solicitud de acceso contenida en el Oficio Ord. 3179, de fecha 25 de noviembre de 2025. Lo anterior, por tratarse de actos administrativos que obran en poder del órgano reclamado, a cuyo respecto no se invocó la procedencia de ninguna causal legal de reserva. Con todo, el órgano, en forma previa a la entrega de la información, deberá tarjar todo dato personal de contexto que se contengan en dichas resoluciones, tales como, nombres de personas naturales que no sean funcionarios públicos, domicilio, teléfono, correo electrónicos particulares, RUT, estado civil, fecha de nacimiento, entre otros, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada.