En un juicio ejecutivo, la parte ejecutada dedujo recursos de casación en la forma y en…
Sentencia · Corte Suprema · 2026
Resumen
En un juicio ejecutivo, la parte ejecutada dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que confirmó la resolución de primera instancia que rechazó un incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento. La Corte Suprema, al conocer de la admisibilidad de dichos recursos, aplicó los artículos 766 y 767 del Código de Procedimiento Civil, que establecen los requisitos de procedencia de la casación en la forma y en el fondo. Determinó que la resolución impugnada no era una sentencia definitiva ni interlocutoria que pusiera término al juicio o hiciera imposible su continuación, ni se encontraba en la excepción de falta de emplazamiento en segunda instancia. Por lo tanto, los recursos no cumplían con las condiciones legales para ser admitidos. En consecuencia, declaró inadmisibles ambos recursos de casación. La decisión se fundamentó también en los artículos 781 y 782 del mismo código.
Normas citadas
Art. 766 Código de Procedimiento Civil
Art. 767 Código de Procedimiento Civil
Art. 781 Código de Procedimiento Civil
Art. 782 Código de Procedimiento Civil
casación en la formacasación en el fondoinadmisibilidadrecurso de nulidadjuicio ejecutivofalta de emplazamientoincidente de nulidadsentencia interlocutoria
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