El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) resolvió que Francia no vulneró el debid…
Sentencia · 2023
Resumen
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) resolvió que Francia no vulneró el debido proceso al condenar a las empresas Total S.A. y Vitol S.A. por corrupción activa de funcionarios públicos extranjeros. Las empresas fueron condenadas por pagar comisiones ocultas en operaciones de comercio de petróleo iraquí en violación del programa 'Petróleo por Alimentos' de la ONU. El tribunal determinó que la ley aplicable era accesible y suficientemente previsible en la fecha de los hechos. La condena se basó en el artículo 435-3 del Código Penal francés, que las empresas podían razonablemente prever que se aplicaría a sus conductas. El tribunal rechazó la alegación de violación del artículo 7 de la Convención Europea de Derechos Humanos.
Normas citadas
Artículo 7 de la Convención Europea de Derechos Humanos
Artículo 435-3 del Código Penal francés
Artículo 34 de la Convención Europea de Derechos Humanos
Resolución 660 del Consejo de Seguridad de la ONU (2 de agosto de 1990)
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