Resumen del criterio jurisprudencial
Ley N° 16.744. La agresión sufrida por la persona trabajadora en el acceso común de su residencia —mientras cerraba el portón para iniciar el desplazamiento hacia el centro laboral— constituye un accidente del trayecto protegido por la Ley N° 16.744. Se reitera la jurisprudencia que considera los puntos de acceso a la vivienda como parte del inicio del recorrido.