Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema acogió el recurso de protección interpuesto por Imagen Publicidad SpA en contra de la Resolución Exenta Nº 1.135 de 16 de agosto de 2022 dictada por la Dirección de Vialidad del MOP, que sancionaba con una multa de 50 UTM la instalación de un letrero publicitario LED en la intersección de Avenida Vespucio con Avenida Francisco Bilbao. La empresa había obtenido autorización municipal mediante licitación pública y contrato de concesión de espacios públicos. La Corte revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había desestimado la acción, dejando sin efecto la multa impugnada. Se consideró que la autorización municipal era suficiente para la instalación del letrero publicitario en cuestión.