Resumen
El servicio de impuestos internos consideró como no acreditadas variadas partidas de gasto de la declaración de renta del año tributario 2013 del contribuyente, por lo que las rechazó y las agregó a la pérdida tributaria declarada emitiendo la resolución n°3835, que rebajó dicha pérdida y denegó la devolución del saldo pendiente del pago provisional por utilidades absorbidas por impuesto de primera categoría. por su parte, en su reclamo el contribuyente basó sus alegaciones en que la resolución carecía de fundamentación para denegar la devolución solicitada. finalmente, el tribunal tributario resolvió dar ha lugar en parte a la alegación del contribuyente debido a que se determinó que la resolución carecía de una fundamentación suficiente para explicar las razones que la justificaban al haber rechazado la pérdida declarada sin establecer las necesarias modificaciones a los resultados tributarios pertinentes, motivo por el cual, fue dejada sin efecto y se ordenó la devolución del saldo del pago provisional por utilidades absorbidas.