Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció de un recurso de protección interpuesto por Ricardo Javier Ortiz Arcos contra la Superintendencia de Seguridad Social y la COMPIN, por el rechazo de sus licencias médicas y el consecuente no pago de subsidios por incapacidad laboral. El recurrente alegó que dichas decisiones eran ilegales y arbitrarias, vulnerando sus garantías constitucionales. La parte recurrida defendió su actuar, señalando que actuó dentro de sus facultades y que el subsidio no procedía por falta de vínculo laboral vigente. La Corte analizó la normativa aplicable, en particular el artículo 16 del Decreto Supremo N°3 y la Ley N°16.395, así como el artículo 15 del D.F.L. N°44. Concluyó que la licencia médica fue emitida el mismo día del término de la relación laboral, por lo que no correspondía el pago del subsidio según la regla general y la interpretación de la Superintendencia. En consecuencia, revocó la sentencia apelada y rechazó la acción de protección, al no constatarse ilegalidad o arbitrariedad en el actuar de las recurridas.