Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechaza el recurso de reclamación judicial interpuesto por la Fundación Educacional Colegio San Nicolás de Hijuelas en contra de la Superintendencia de Educación. La sentencia confirma la multa de 51 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) impuesta al establecimiento educacional por no contar con un Protocolo de Actuación en caso de maltrato, violencia y/o acoso escolar. El tribunal estima que la Superintendencia actuó dentro de sus facultades legales y que no incurrió en vicios en la aplicación del principio de tipicidad en el derecho administrativo sancionador. La multa fue originalmente dictada por la Resolución Exenta N° 2022/PA/05/076 de 24 de marzo de 2022, tras una fiscalización derivada de una denuncia por discriminación de un estudiante con TEA.