TributarioInadmisible

El reclamante no cumplió con la orden dictada el 30 de abril de 2018 de subsanar la pre…

Resumen del criterio jurisprudencial

El reclamante no cumplió con la orden dictada el 30 de abril de 2018 de subsanar la presentación. En consecuencia, el Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana resuelve tener por no presentado el reclamo y ordena notificar por carta certificada conforme al artículo 131 bis del Código Tributario. Se trata de una resolución de mero trámite que desestima la acción por incumplimiento procesal.

reclamo tributarioincumplimiento de ordenno presentadocódigo tributariotribunal tributarioprocedimiento tributariocarga procesaldesestimación

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.