Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo interpuesto en contra del Ejército de Chile, referido a la entrega de copia íntegra de los documentos censurados en la copia microfilmada de la Carpeta de Seguridad, recibida el 7 de noviembre de 2023. Lo anterior, por cuanto, tratándose la información reclamada en el presente procedimiento, de aquellos antecedentes que fueron previamente tarjados por corresponder a elementos que revelaban técnicas, fuentes o métodos de investigación, propios y concretamente vinculados a labores de inteligencia -en cumplimiento de la decisión del amparo, ya que concurren a su respecto las causales de reserva del artículo 21 N° 3 y N° 5 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 38 de la ley N° 19.974, sobre el Sistema Nacional de Inteligencia del Estado y que crea la Agencia Nacional de Inteligencia. Adicionalmente, no puede considerarse que resulte aplicable la institución procesal de la cosa juzgada, en similares términos a cómo se encuentra ésta regulada en el procedimiento civil, por cuanto no tiene reconocimiento en el texto de la Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública, ley especial que contiene normas específicamente aplicables al procedimiento de amparo al ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Al respecto, es aplicable el criterio establecido en los Amparos Roles C1180-12, C4470-22 y C9066-22.