Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza el recurso de amparo deducido por un interno condenado por delitos sexuales que buscaba la rebaja de su condena. El tribunal confirma que la Ley N° 19.856 establece un beneficio de naturaleza administrativa y procesal, no un derecho adquirido. La Ley N° 21.421, que modifica los requisitos para acceder a la reducción de condena, rige in actum conforme a su naturaleza jurídica. Se revoca la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había acogido parcialmente la pretensión del recurrente. La decisión valida la aplicación retroactiva de la nueva normativa en materia de beneficios penitenciarios.